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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 016 DE 2008 (Septiembre 30) Derogada parcialmente por la Resolución de la Contraloría de Bogotá D.C. 10 de 2009 Por la cual se adopta la caracterización de los procesos del Sistema de Gestión de la Calidad de la Contraloría de Bogotá D.C. EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y CONSIDERANDO: Que el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001 del Concejo de Bogotá, D. C., por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C. - CB, se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones, y faculta al Contralor de Bogotá, D.C. para establecer y reglamentar la organización interna, la forma de ejercer las funciones a su cargo y el funcionamiento de la entidad, en armonía con los principios consagrados en la constitución, la ley y los acuerdos.Que mediante Resoluciones Reglamentarias No. 046 de 22 de diciembre de 2005, 018 de agosto 14 de 2006, 019 de septiembre 19 de 2006, 022 de noviembre 23 de 2007, 023 de noviembre 23 de 2007, 004 de febrero 14 de 2008, 005 de febrero 29 de 2008 y 008 de junio 16 de 2008, la Contraloría de Bogotá adoptó las últimas versiones de las caracterizaciones de los proceso del Sistema de Gestión de la Calidad - SGC de la entidad. Que en cumplimiento del Decreto 1599 de 2005, la CB expidió la Resolución Reglamentaria 013 de 2006, mediante la cual se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno – MECI. Que el MECI contiene entre otros elementos de control del subsistema de control de gestión, los procedimientos conformados por el conjunto de especificaciones, relaciones y ordenamiento de tareas requeridas para cumplir con las actividades de un proceso controlando acciones que requiere la operación de la CB y el manual de procedimientos como una guía de uso individual y colectivo que permite el conocimiento de la forma como se ejecuta o desarrolla su función administrativa, propiciando la realización del trabajo bajo un lenguaje común a todos los servidores públicos. Que mediante la Resolución Reglamentaria No. 008 de junio 16 de 2008, se adoptó el procedimiento para el control de documentos internos del SGC y se estableció la estructura para caracterizar procesos, la cual debe aplicarse como cumplimiento del requisito 4.2 de la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública - NTCGP 1000:2004 y Norma Técnica Colombiana NTC-ISO 9001:2000. Que mediante Resolución Reglamentaria Nº 014 del 24 de septiembre 24 de 2008, por la cual se adopta el Manual de Calidad de la Contraloría de Bogotá, se aprobó la modificación al mapa de procesos del SGC de la Entidad, incorporando el Proceso de Evaluación y Control, de acuerdo con los compromisos asumidos en la implementación del MECI. Así mismo, se reasignaron los procedimientos del Proceso de Gestión Documental a los Procesos de Orientación Institucional y Gestión de Recursos Físicos y Financieros. Que la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004 y la Norma Técnica Colombiana NTC ISO 9001:2000 establecen el enfoque por procesos. Que conforme a la no conformidad menor establecida en la visita efectuada por la firma certificadora en cuanto a la interacción de los procesos definidos dentro del SGC de la Entidad, se hace necesario revisar y modificar la caracterización de todos los procesos establecidos dentro del sistema. Que en cumplimiento del objetivo del Sistema de Gestión de Calidad, relacionado con implementar acciones correctivas y preventivas para mejorar continuamente el desempeño de los procesos, con el fin de aumentar la satisfacción de los clientes y de las partes interesadas, el Comité de Seguimiento al Sistema de Gestión de la Calidad adopta los respectivos documentos. Ver la Resolución de la Contraloría Distrital 21 de 2008, Ver el art. Transitorio, Resolución 029 de 2009 RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la nueva versión de los siguientes documentos establecidos dentro del Sistema de Gestión de Calidad:
ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad del Contralor Auxiliar, los Directores, los Jefes de Oficinas y el Coordinador del Grupo de Investigaciones Forenses – GUIFO, velar por la divulgación, actualización y mejoramiento de los documentos adoptados.ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el numeral primero del artículo primero de las Resoluciones Reglamentarias No. 046 de 2005, 018 de 2006, 019 de 2006, 022 de 2007, 004 005 y 008 de 2008, y el numeral quinto del artículo segundo de la Resolución Reglamentaria 023 de 2007, mediante los cuales se adoptó la última versión de la caracterización de los diferentes procesos del SGC. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C. a los treinta (30) días del mes de septiembre de dos mil ocho (2008). MIGUEL ÁNGEL MORALES RUSSI RUSSI Contralor de Bogotá NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4072 de octubre 3 de 2008. El manual puede ser consultado haciendo clic aquí. |